Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se determinan los topes de gastos personales de campaña de las personas candidatas a juzgadoras en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JE-11/2025 y acumulados.

Este artículo analiza el reciente acuerdo del consejo general del INE que redefine las reglas financieras en el ámbito electoral judicial. Un hito importante en la senda de la equidad política.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se determinan los topes de gastos personales de campaña de las personas candidatas a juzgadoras en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JE-11/2025 y acumulados.

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Ajustes en los Gastos Personales de Campaña para Candidaturas Judiciales

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral ha expuesto un acuerdo crucial que modifica el panorama del proceso electoral extraordinario del poder judicial de la federación 2024-2025. Este cambio tan marcado se halla publicado en el DOF (Diario Oficial de la Federación), con fecha de 9 de Abril de 2025.

Una redefinición necesaria

El susodicho acuerdo se formula en respuesta a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, instando a limitaciones en los topes de gastos personales de los candidatos a juzgadores. Esto marca un antes y un después, añadiendo un reto más al ajedrez político.

Los detalles del acuerdo

  • Se determinan topes en los gastos personales de campaña.
  • Esto aplica a las personas candidatas a juzgadoras en el Proceso Electoral Extraordinario.
  • El cambio viene en acatamiento a la sentencia SUP-JE-11/2025.
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