Pemex está quemando 42% de su gas natural. El problema no es técnico, es estructural: falta de infraestructura, decisiones operativas y pérd...
Análisis del impacto del huachicol fiscal en la recaudación en México: cómo la evasión de IEPS e IVA distorsiona precios, competencia y el m...
Pemex admite que no se siguieron protocolos en el Golfo. El problema ya no es el derrame, es la incapacidad institucional para evitarlo y ge...
La crítica de Oceana a Pemex por el derrame en el Golfo revela una debilidad más profunda: la gestión posterior al incidente sigue siendo el...
Un derrame en el Golfo de México revela fallas internas en Pemex: la ocultación de información expone un riesgo más profundo que el incident...
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Un acuerdo publicado en el DOF habilita juzgados clave para abordar la reforma constitucional en materia de jubilaciones y pensiones pública...
Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 48,661.703 m² (cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y uno punto setecientos tres metros cuadrados), a favor de la Federación, por conducto de Tren Maya, S.A. de C.V., para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya, correspondiente a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada, ubicados en los municipios de Candelaria, Champotón y Campeche en el estado de Campeche; Tenosique en el estado de Tabasco; Umán en el estado de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo.
Leer másAcuerdo General 2/2026, de seis de abril de dos mil veintiséis, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se levanta el aplazamiento del dictado de la resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, adicionado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el treinta de diciembre de dos mil veintiuno, ordenado en el diverso 7/2023 de treinta de octubre de dos mil veintitrés.
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