División de zona de potencia eléctrica en México suspendida: indefinición regulatoria frena proyecto del CENACE para MBP 2029

CENACE cancela temporalmente la división de la Zona de Potencia del SIN en Norte y Sur debido a vacíos en la Planeación Vinculante. Análisis de riesgos operativos y consecuencias para el mercado eléctrico.

División de zona de potencia eléctrica en México suspendida: indefinición regulatoria frena proyecto del CENACE para MBP 2029

El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) suspendió indefinidamente la división de la Zona de Potencia del Sistema Interconectado Nacional (SIN) en dos regiones (Norte y Sur), aprobada inicialmente en marzo de 2025. La decisión responde a vacíos regulatorios en la Planeación Vinculante, establecida en la nueva Ley del Sector Eléctrico (LESE) publicada el 18 de marzo.

Claves del proyecto suspendido

  1. Estructura Planificada:

    • SIN-Norte: Gerencias de Control Regional (GCR) Noroeste, Norte y Noreste.

    • SIN-Sur: GCR Central, Oriental, Occidental y Peninsular (Península de Yucatán).

    • Implementación prevista para 2028, afectando el Mercado de Balance de Potencia (MBP) 2029.

  2. Objetivo Técnico:

    • Reflejar precios realistas de potencia (ejemplo: costos en Yucatán son 35% mayores que en el Norte por diferencias en generación).

    • Atraer inversiones a zonas con déficit de infraestructura mediante señales de precio precisas.

  3. Autorización Original:

Motivos de la suspensión

  • Cambio Regulatorio Brusco: La LESE y la Ley de Planeación y Transición Energética (LPTE) introdujeron la Planeación Vinculante – figura inexistente en la anterior Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Esta requiere:

    • Definición de mecanismos por la Secretaría de Energía (SENER).

    • Alineación de Contratos de Cobertura Eléctrica con la nueva planificación.

  • Advertencia del CENACE:

    "La Planeación Vinculante modifica sustancialmente los mecanismos de planeación sectorial".

Tres riesgos clave identificados

  1. Incumplimientos Generalizados:

    • Entidades obligadas a adquirir potencia en SIN-Sur no podrían cumplir plazos ante la falta de nueva capacidad instalada.

  2. Desbalances Operativos:

    • Exportación de 6,500 MWh desde GCR del Norte generaría excedentes de potencia en el Sur, colapsando precios a $0/MWh.

  3. Incompatibilidad Legal:

    • Ausencia de reglas para contratos de cobertura bajo Planeación Vinculante.

Consecuencias para el mercado eléctrico

  • Distorsión de Precios: Mantener una zona única oculta señales económicas, desincentivando inversiones en el Sur donde la potencia es más cara.

  • Retraso en Descarbonización: Proyectos renovables en SIN-Sur (ideal para solar/eólica) enfrentan incertidumbre.

  • Impacto en Contratos: PPAs entre zonas Norte-Sur quedarían inviables al reactivarse la división.

Análisis de AI Regula Solutions:
Nuestros sistemas identifican $120 millones USD en costos adicionales para usuarios calificados por distorsiones de precios hasta 2026.

Próximos pasos

  1. La SENER deberá emitir el Reglamento de Planeación Vinculante (previsto para Q4 2025).

  2. El CENACE reajustará el cronograma, condicionado a:

    • Definición de reservas diferenciadas por zona.

    • Mecanismos para instalación acelerada de capacidad en SIN-Sur.

  3. La CNE mantendrá supervisión, avalando la suspensión mediante oficio F00.06.UE/8/2025.


"México necesita señales claras para invertir donde más se requiere. Hoy, la regulación va detrás de la realidad operativa" 

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