¿Regulación o Control Excesivo? La Nueva Verificación de Plantas de Gas L.P. en Debate

El nuevo Programa de Verificación 2025-2026, enviado a CONAMER, impone exigencias adicionales a las plantas de distribución de Gas L.P. ¿Se trata de una medida necesaria para el medio ambiente o de una burocracia innecesaria que encarece costos? Analizamos el impacto y el debate en el sector.

¿Regulación o Control Excesivo? La Nueva Verificación de Plantas de Gas L.P. en Debate

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) ha enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) una nueva propuesta regulatoria que promete cambiar las reglas del juego para las Plantas de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (Gas L.P.). La iniciativa, contenida en el "Acuerdo mediante el cual se establece el Programa de Verificación 2025 y 2026", exige la entrega de documentación para demostrar el cumplimiento del numeral 7.1.23.23 de la NOM-018-ASEA-2023. Pero, ¿es realmente necesaria esta medida o estamos ante un control burocrático excesivo?

El problema: contaminación y seguridad

Las plantas de distribución de Gas L.P. han sido identificadas como una fuente importante de emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs), contribuyentes directos a la formación de ozono troposférico, un contaminante que afecta la calidad del aire y la salud de la población. En respuesta a esto, la NOM-018-ASEA-2023 estableció requisitos específicos para mitigar estas emisiones, incluyendo la instalación obligatoria de dispositivos de desconexión seca.

Sin embargo, la ASEA argumenta que la mera existencia de la norma no es suficiente; es necesario un mecanismo de verificación para garantizar su cumplimiento. Y aquí es donde surge la controversia: el Programa de Verificación 2025-2026.

Los nuevos requisitos

Según la propuesta, los operadores de plantas de distribución tendrán que presentar evidencia documental que demuestre la instalación y funcionamiento adecuado de los dispositivos de desconexión seca. Alternativamente, podrán presentar un Dictamen de Operación y Mantenimiento emitido por una Unidad de Inspección acreditada.

Las fechas de cumplimiento están escalonadas:

Alternativas evaluadas y la polémica

Para justificar la regulación, la ASEA analizó varias alternativas:

  1. No emitir regulación: Rechazada por considerarse insuficiente para mitigar el problema.

  2. Esquemas de autorregulación: No viables porque los regulados podrían optar por no cumplir.

  3. Cumplimiento voluntario: Descarta por la misma razón.

  4. Incentivos económicos: No aplicables porque el problema no es de capacidad económica, sino de cumplimiento.

Según ASEA, el programa calendarizado es la única solución viable para garantizar el cumplimiento efectivo de la norma.

Impacto en el sector y el debate

Los empresarios del sector han manifestado su preocupación. Si bien reconocen la importancia de reducir emisiones contaminantes, consideran que la exigencia de verificaciones documentales y dictámenes por terceros podría generar costos elevados, lo que impactaría la rentabilidad y competitividad de las empresas.

¿Es esta regulación una medida necesaria para la seguridad y protección ambiental, o un exceso de trámites que encarece la operación sin garantizar beneficios tangibles? La CONAMER tendrá que evaluar detenidamente este punto antes de aprobar la regulación.

Conclusión

Mientras la ASEA defiende su propuesta como un paso necesario para controlar las emisiones y garantizar la seguridad en las plantas de Gas L.P., los empresarios insisten en que podría convertirse en un freno regulatorio innecesario. La discusión está abierta y el desenlace de esta propuesta regulatoria podría sentar un precedente en la forma en que se supervisa y regula el sector de hidrocarburos en México.

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