La NOM-014-ENER-2025 actualiza los estándares de eficiencia para motores eléctricos monofásicos en México. Te explicamos qué cambia, quiénes deben cumplirla y cómo participar en la consulta pública antes de su entrada en vigor.
El gobierno mexicano está actualizando las reglas del juego para los motores eléctricos monofásicos. La NOM-014-ENER-2025, actualmente en consulta pública, busca modernizar los estándares de eficiencia energética y reducir el desperdicio de electricidad en equipos que van desde herramientas industriales hasta sistemas de ventilación. Pero, ¿en qué consiste exactamente esta norma, quién debe cumplirla y cómo puedes opinar antes de que sea oficial? Aquí te lo explicamos sin tecnicismos.
La última versión (NOM-014-ENER-2004) tiene más de 20 años sin cambios, y la tecnología ha avanzado. Hoy, los motores eléctricos pueden ser hasta un 30% más eficientes, pero muchos fabricantes siguen produciendo equipos con estándares obsoletos. Esto no solo encarece la factura de luz, sino que genera un costo ambiental innecesario.
La nueva propuesta:
Amplía el rango de potencia: Ahora cubre motores de 0.180 kW a 2.238 kW (antes solo llegaba a 1.500 kW).
Incluye nuevos tipos de motores: Como los de arranque con dos capacitores o capacitor permanente conectado.
Homologa métodos de prueba: Para alinearse con estándares internacionales (CSA, IEC).
Niveles de eficiencia más altos:
Los motores se clasifican en Tipo I (fase dividida o arranque por capacitor) y Tipo II (dos capacitores o capacitor permanente), cada uno con tablas específicas de eficiencia.
Por ejemplo, un motor de 0.746 kW (1 HP) de 4 polos deberá alcanzar al menos 74% de eficiencia en la Etapa 1 (2025) y 77% en la Etapa 2 (2027).
Marcado obligatorio:
Todos los motores deberán mostrar en una placa indeleble:
Eficiencia nominal (η).
Tipo de motor (ej. "capacitor permanente").
País de fabricación.
Proceso de certificación más claro:
Se unifica el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC), eliminando trámites redundantes.
Fabricantes e importadores: Deberán certificar que sus motores cumplen con los nuevos límites.
Comercializadores: Solo podrán vender equipos con el marcado NOM-014-ENER-2025.
Industrias usuarias: Aunque no son sujetos regulados, conviene renovar equipos antiguos para ahorrar energía.
La norma está en revisión en la CONAMER hasta el [fecha límite]. Si eres fabricante, experto o ciudadano interesado, puedes:
Leer el proyecto completo en el portal de CONAMER.
Enviar comentarios por escrito, señalando el artículo específico a modificar.
Asistir a audiencias públicas (si se convocan).
Ahorro energético: Equipos más eficientes reducirán el consumo en industrias y hogares.
Menor contaminación: Se estima evitar la emisión de X toneladas de CO₂ al año.
Competencia justa: Todos los actores jugarán con las mismas reglas técnicas.
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Fuentes consultadas: CONAMER, CONUEE, Diario Oficial de la Federación.
Recurso adicional: Comparativo de eficiencias NOM-014-ENER-2004 vs. 2025.
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