La entrada en vigor de la NOM-014-ENER-2025 marca un antes y después en la fabricación e importación de motores eléctricos monofásicos en México.
1. Clasificación y Niveles de Eficiencia
La norma divide los motores en dos tipos con requisitos específicos:
- Motores Tipo I
- Incluye motores de fase dividida y arranque por capacitor
- Para un motor de 0.746 kW (1 HP) y 4 polos:
- Etapa 1 (2025): 65.1% de eficiencia mínima
- Etapa 2 (2027): 77%
- Motores Tipo II
- Cubre motores con dos capacitores o capacitor permanente
- El mismo motor de 1 HP requiere:
- Etapa 1: 77%
- Etapa 2: 78%
2. Métodos de Prueba Actualizados
- Equilibrio térmico: El motor debe mantener una variación máxima de 1°C durante 30 minutos
- Medición de potencia: Instrumentación con margen de error ≤ 0.25%
- Factores de corrección: Cálculo obligatorio del FCD
3. Requisitos de Marcado
- Leyenda "NOM-014-ENER-2025"
- Valor de eficiencia nominal (η) con un decimal
- Tipo específico de motor
- País de fabricación
4. Proceso de Certificación
- Modalidad 1 - Pruebas periódicas
- Para series pequeñas
- Vigencia: 1 año
- Modalidad 2 - Sistema de gestión
- Producción constante
- Vigencia: 3 años
- Modalidad 3 - Por lote
5. Cronograma de Implementación
- Primera etapa: 180 días después de publicación
- Segunda etapa: A partir de 2027
Consecuencias de Incumplimiento
- Multas económicas
- Retiro de productos
- Pérdida de certificaciones
Conclusión
Adaptarse a la NOM-014-ENER-2025 no es opcional. Los fabricantes que inicien su transición ahora evitarán costosos contratiempos.
Fuentes oficiales: CONUEE, Diario Oficial de la Federación, PROFECO.