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ASEA no responde tu permiso gasolinero: tus derechos y plazos 2025

Si tu trámite o licencia ante ASEA se atoró, aquí tienes la ruta práctica para hacerla avanzar: plazos legales, silencio administrativo, recursos y un plan de 30 días para destrabar sin frenar la operación.

ASEA no responde tu permiso gasolinero: tus derechos y plazos 2025

Cuando el silencio pega en caja: actúa, no esperes

Una estación de servicio no vive de promesas. Si metiste tu solicitud de licencia ambiental o una actualización y pasan los días sin resolución, la reacción natural es “esperar a que contesten”. Error. La ley reconoce tiempos, derechos y vías de presión institucional. Este artículo te da un camino claro, escrito en español mexicano y pensado para que sigas vendiendo sin poner en riesgo tu proyecto ni tu patrimonio.

Qué hacer desde el día 1

Lo primero es ordenar tus pruebas de trámite. Descarga el acuse con fecha y folio, guarda capturas de cada movimiento en Ventanilla Energía, conserva oficios de prevención y tus respuestas. Si hubo visita o llamada, asienta fecha, nombre del funcionario y resumen. Esa línea de tiempo es tu seguro legal. Con eso claro, solicita por escrito un “informe de estatus” dirigido al área competente, con folio, fecha de ingreso y una pregunta cerrada: “¿cuál es la fecha estimada de resolución y si la información está completa?”. Entrega por conducto oficial y conserva acuse.

Silencio administrativo y plazos que importan

Cada ficha de trámite establece un plazo máximo de resolución y ventanas para requerirte información. Si la autoridad no resuelve dentro de ese plazo, opera el “silencio administrativo”, que en la práctica suele ser negativa por falta de respuesta. En ese punto se abren tus cartas: pedir resolución expresa, interponer medio de defensa, o escalar internamente por incumplimiento de plazos. No se trata de pelear por pelear: se trata de obligar a que tu expediente tenga un acto formal para poder seguir.

Recursos legales y vías de presión institucional

Tienes tres rutas que pueden caminar en paralelo. Uno, el recurso administrativo: solicitar que se emita resolución expresa y, de persistir el silencio, presentar el medio de impugnación que corresponda. Dos, el control interno: una queja ante el Órgano Interno de Control por incumplimiento de plazos o trato desigual entre expedientes. Tres, la transparencia: pedir por la vía de información pública el tablero de seguimiento y documentos de actuación sobre tu folio. El objetivo es simple: que exista un rastro documental que mueva el expediente de “en trámite” a “resuelto”.

Plan de 30 días para destrabar

Días 1–3: arma tu carpeta de seguimiento con acuses, oficios, respuestas y captura de estatus. Envía el primer escrito de “informe de estatus” con copia para conocimiento del responsable del área.
Días 4–10: si recibes prevención, responde con entregables cerrados: documento corregido, evidencia y nota técnica breve. Nada de “lo envío después”.
Días 11–15: pide reunión técnica breve para validar que el expediente está completo. Levanta minuta con acuerdos y fechas.
Días 16–20: si no hay movimiento, presenta segunda solicitud de estatus y avisa que, de no existir resolución, activarás medio de defensa.
Días 21–30: presenta tu queja ante el órgano de control por incumplimiento de plazos y solicita resolución expresa. En paralelo, prepara el escrito de impugnación con tu línea de tiempo y anexos.

Lo que nadie te dice y marca la diferencia

La autoridad no resuelve más rápido por correos insistentes, sino por expedientes sólidos y presiones documentadas. Tu mejor aliado es la congruencia: memoria, planos, SRV, SASISOPA, COA y evidencias que cuentan la misma historia. Si ya presentaste un paquete impecable y aun así no hay resolución, tu rastro de oficios y minutas acelera el cierre porque genera responsabilidad administrativa en quien demora. No es confrontar: es administrar bien tu riesgo regulatorio.


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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene la autoridad para resolver mi trámite?
El plazo se define en la ficha del trámite. Si la autoridad no resuelve en ese periodo, puedes exigir resolución expresa y activar tus medios de defensa por silencio administrativo.

¿Qué es la negativa ficta y cómo me afecta?
Es la falta de respuesta dentro del plazo legal, que se entiende como negativa. Te permite impugnar y obligar a la autoridad a pronunciarse formalmente.

¿Puedo operar mientras “está en trámite”?
No. Operar sin licencia vigente te expone a clausura, sanciones y suspensión de actividades.

¿Cómo sé si mi expediente está completo?
Pide reunión técnica y que te confirmen por escrito que no hay información pendiente. Si existen prevenciones, responde con entregables cerrados y evidencia.

¿Sirve de algo meter una queja?
Sí, cuando está bien documentada. Tu línea de tiempo, acuses y minutas generan responsabilidad en quien retrasó el expediente y suelen acelerar la resolución.

¿Cuándo tiene sentido promover un medio de impugnación?
Cuando venció el plazo de resolución y no hay respuesta, o cuando existe un acto que afecta tu derecho y necesitas que quede constancia formal para seguir con tu inversión.

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