html Un artículo fascinante que narra con picardía y detalle la publicación del Nuevo Estatuto Orgánico de la Casa De Moneda en México, recogiendo su importancia y los elementos más novedosos de dicho documento.
Consulta la disposición legal en el DOF
Como si fuera una moneda recién acuñada y brillante, el estatuto orgánico de la Casa de Moneda de México ve la luz. Publicado el 20 de enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este estatuto marca un capítulo esencial en la historia de la entidad garante de la moneda mexicana.
El estatuto es como un mapa del tesoro que fija el rumbo de la Casa de Moneda. Detalla la organización interna, las funciones de cada área, el papel de los actores involucrados y brinda una clara definición de su funcionamiento. Es decir, nos lleva de la mano por las laberínticas instalaciones de la Casa de Moneda, señalando, con luz clara y previsora, su curso de acción.
Precisa los derechos y obligaciones de la Casa de Moneda. Es como el código de caballeros de la entidad.
Fija los criterios de actuación de la Casa y su espacio de maniobra, recortados con el mismo poder de resolución de un cañón de ceca.
Establece las funciones de sus cuerpos directivos, trazando su esfera de influencia e intervención con la precisión del grabado de una moneda.
Este estatuto, en resumen, es el cincel con el que se graba el futuro de la Casa de Moneda. Su cumplimiento meticuloso asegurará su posición y valor sostenido a lo largo del tiempo, tal y como las monedas que produce.
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