CRE establece nuevas disposiciones para Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica

Conoce los lineamientos que la Comisión Reguladora de Energía publicó para integrar los SAE al Sistema Eléctrico Nacional, con el objetivo de fortalecer la confiabilidad y la eficiencia en México.

CRE establece nuevas disposiciones para Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó recientemente el Acuerdo A/113/2024, que define las disposiciones para la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE) al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Este paso busca optimizar la confiabilidad de la red, hacerla más eficiente y reducir los efectos de la variabilidad de fuentes de generación intermitentes.

Modalidades de Integración

  • SAE asociado a Central Eléctrica (SAE-CE)
  • SAE vinculado a un Centro de Carga (SAE-CC)
  • Sistemas en Esquemas de Abasto Aislado (SAE-AA)
  • SAE independiente (no Asociado)
  • SAE asociado a Generadores Exentos (SAE-GE)

En cada caso, la regulación considera requisitos y condiciones técnicas diferentes. Por ejemplo, los SAE-CE y SAE no Asociado se reconocerán como Centrales Eléctricas, mientras que quienes operen bajo la figura de SAE-CC podrán sumarse al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a través de un Suministrador o de forma directa, siempre y cuando cumplan criterios de Usuario Calificado.

Participación en el Mercado y Permisos

Los SAE podrán comprar o vender energía, ofrecer servicios de potencia y servicios conexos como reservas operativas o regulación de frecuencia. Sin embargo, deben incluirse en un Permiso de Generación o solicitar uno nuevo, dependiendo de su configuración:

  • Cuando un SAE se acople a una central ya existente, se lo considera una modificación técnica que debe notificarse a la CRE.
  • Si el proyecto se crea desde cero, los promotores tendrán que tramitar el permiso correspondiente.

Aspectos Clave

  1. Requisitos Técnicos: Se exige cumplir normas nacionales (Código de Red, NOM-001-SEDE-2012) e internacionales (diversas normas IEC).
  2. Documentación: Durante los Estudios de Conexión, se debe describir la capacidad, potencia, ciclos de trabajo, eficiencia y más.
  3. Certificados de Energía Limpia (CEL): No se generarán CEL extra por el hecho de almacenar energía. Solo cuentan los certificados de la fuente original.
  4. Control de Carga y Descarga: El Cenace puede decidir cuándo un SAE debe inyectar o absorber energía, siempre con base en la confiabilidad del SEN y los límites de interconexión firmados.

Fecha de Entrada en Vigor y Supervisión

El Acuerdo se publicó el pasado 7 de marzo de 2025 en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día hábil siguiente. La CRE tendrá la facultad de supervisar el cumplimiento de estas nuevas reglas, y las infracciones se penalizarán según la Ley de la Industria Eléctrica.

¿Por qué es relevante?

  • Fortalece la red: Al almacenar energía, se reduce la variabilidad de fuentes renovables o intermitentes.
  • Fomenta innovación: Permite la integración de tecnologías de bateríasvolantes de inercia o sistemas de bombeo.
  • Mayor competitividad: Ofrece servicios de respaldo y regula la calidad y la continuidad del suministro.

Si te interesa conocer más detalles, te invitamos a consultar la publicación oficial y otros recursos en línea. Comparte esta información y opina en redes sociales: ¿crees que la regulación impulsará un desarrollo más rápido de almacenamiento eléctrico en México? El debate está abierto para toda la comunidad interesada en energías limpias y modernización de la red.

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