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Acuerdo A/OIC/001/2026 por el que el Titular del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República autoriza que la Unidad de Denuncias e Investigaciones se abstenga de calificar la conducta y presentar informe de presunta responsabilidad administrativa, cuando adviertan que la declaración de situación patrimonial, en cualquiera de sus modalidades, se presentó fuera del plazo legal, siempre que sea la única ocasión y, además, no exista daño ni perjuicio a la Hacienda Pública Federal.

El nuevo Acuerdo A/OIC/001/2026 marca una acción inédita en el ámbito administrativo al permitir flexibilidad en las declaraciones patrimoniales fuera de plazo, siempre que no haya daño material. Publicado en el DOF el 22 de enero de 2026, este acuerdo busca dar un toque humano a los procesos legales sin comprometer la integridad fiscal.

Acuerdo A/OIC/001/2026 por el que el Titular del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República autoriza que la Unidad de Denuncias e Investigaciones se abstenga de calificar la conducta y presentar informe de presunta responsabilidad administrativa, cuando adviertan que la declaración de situación patrimonial, en cualquiera de sus modalidades, se presentó fuera del plazo legal, siempre que sea la única ocasión y, además, no exista daño ni perjuicio a la Hacienda Pública Federal.

Consulta la disposición legal en el DOFArrow

Nuevo acuerdo en el DOF: Flexibilidad en declaraciones patrimoniales

El Acuerdo A/OIC/001/2026, publicado el pasado 22 de enero de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), marca un hito en los procedimientos administrativos dentro de la Fiscalía General de la República. Este documento permite que la Unidad de Denuncias e Investigaciones se abstenga de sancionar a los servidores públicos que presenten su declaración patrimonial fuera del plazo legal, bajo ciertas condiciones específicas.

¿De qué se trata este acuerdo?

Según lo estipulado, la conducta no será calificada ni se presentará el informe de presunta responsabilidad administrativa si:

  • Es la única ocasión en que el retraso ocurre.
  • No existe algún daño ni perjuicio a la Hacienda Pública Federal.

Este movimiento busca impulsar un enfoque más humano y razonable en la aplicación de las normativas, priorizando los casos que realmente afectan los recursos públicos.

Un paso adelante hacia la empatía administrativa

Como una brisa fresca dentro de los rígidos procesos administrativos, este acuerdo reconoce que los descuidos aislados, cuando no implican daño material, no deberían ser tratados con severidad extrema. Es una invitación a trabajar con equidad y comprensión, dejando claro que la rigurosidad puede coexistir con la justicia.

Para conocer todos los detalles sobre este importante avance en el ámbito administrativo, te invitamos a consultar el acuerdo completo en el DOF haciendo clic aquí.

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