NOM-177-SSA1-2013

Aviso por el que se prorroga por un plazo de seis meses la vigencia de la Modificación de Emergencia a la Norma Oficial Mexicana NOM-177-SSA1-2013, Que establece las pruebas y procedimientos para demostrar que un medicamento es intercambiable. Requisitos a que deben sujetarse los Terceros Autorizados que realicen las pruebas de intercambiabilidad. Requisitos para realizar los estudios de biocomparabilidad. Requisitos a que deben sujetarse los Terceros Autorizados, Centros de Investigación o Instituciones Hospitalarias que realicen las pruebas de biocomparabilidad, publicada el 20 de septiembre de 2013, publicada el 3 de mayo de 2021.

27 de octubre de 2021 - Sector: Salud - Sector: Salud Pública - Tema: Medicamentos Genéricos - Regulación: Bioequivalencia - Norma: Intercambiabilidad - Regulación: Intercambiabilidad farmacéutica - Área: Farmacéutica

Información General

Resumen:
La NOM-177-SSA1-2013 establece los procedimientos para la evaluación de medicamentos genéricos, garantizando su calidad, seguridad y eficacia antes de ser comercializados.

Código:
NOM-177-SSA1-2013

Dependencia:
Secretaría de Salud

Fecha de publicación:
27 de octubre de 2021

Regula los procedimientos para evaluar la calidad, seguridad y eficacia de medicamentos genéricos.

Laboratorios farmacéuticos y empresas que desean comercializar medicamentos genéricos en México.

Garantiza que los medicamentos genéricos sean seguros, eficaces y de calidad para los consumidores.

Puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la URL proporcionada.

Sí, cancela la NOM-073-SSA1-1998.

Laboratorios de prueba acreditados y organismos reguladores como la COFEPRIS.

Sí, es obligatoria para la comercialización de medicamentos genéricos en México.

Podría haber sanciones y los medicamentos no serían autorizados para su venta.

Asegura que los medicamentos genéricos sean igual de eficaces que los originales.