NOM-051

Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051- SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010.

12 de octubre de 2019 - Sector: Salud y Bienestar - Regulación: Etiquetado de productos - Industria: Alimentos y Bebidas

Información General

Resumen:
La NOM-051 establece las especificaciones de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, con el objetivo de informar al consumidor sobre el contenido nutricional y advertir riesgos de consumo excesivo.

Código:
NOM-051

Dependencia:
Secretaría de Salud

Fecha de publicación:
12 de octubre de 2019

Última actualización:
12 de marzo de 2025

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La NOM-051 establece las especificaciones de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, con el objetivo de informar al consumidor sobre el contenido nutricional y advertir riesgos de consumo excesivo.

Qué sabemos

  • Código: NOM-051
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2019-10-12
  • Dependencia: Secretaría de Salud

Qué falta confirmar

La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2025-03-12
Historia de la NOM-051

Aplica a alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercialicen en México.

Debe incluir datos nutricionales, ingredientes, advertencias de exceso de azúcares, grasas o sodio, y sellos de advertencia, si corresponde.

Fabricantes, importadores y distribuidores de alimentos y bebidas preenvasados en México.

Puede haber sanciones legales, multas y restricciones para vender los productos en el mercado mexicano.

Se establecen de acuerdo con los límites máximos de azúcares, grasas saturadas y sodio definidos por la autoridad sanitaria.

La norma actualizada entró en vigor el 1 de octubre de 2020.

Sellos como 'Exceso de azúcares', 'Exceso de calorías', 'Exceso de grasas saturadas', entre otros.

Sí, los productos importados comercializados en México deben cumplir con esta norma.