La UE simplifica el cumplimiento de su ley de metano con trace & claim y certificados, endureciendo contratos, financiamiento y comercio de gas hacia 2027.
El movimiento europeo no es una concesión climática, es una corrección operativa para que su ley de metano funcione en cadenas fragmentadas sin diluir el núcleo regulatorio. Bruselas propone dos rutas simplificadas para importadores cuando el origen físico del gas es difícil de rastrear, un caso típico de cargamentos de LNG con molécula mezclada de múltiples campos y operadores. La lógica es pragmática: permitir cumplimiento verificable hoy con mecanismos de atributo y certificación, mientras prepara el endurecimiento de 2027 que amarra la equivalencia de reglas a nuevos contratos de suministro. El mensaje de fondo es comercial: el metano se está convirtiendo en condición de acceso a mercado y en variable contractual, no en un KPI reputacional.
La Comisión Europea circuló a gobiernos nacionales un esquema para aceptar dos “vías simples y predecibles” de cumplimiento para importadores cuando la trazabilidad física de emisiones es impracticable por estructura de la cadena, especialmente en LNG de Estados Unidos donde una sola carga incorpora fuentes con distintos perfiles de producción. La primera vía permite usar valores de emisiones certificados por terceros, asociados al punto de producción. La segunda introduce un esquema digital de “trace and claim”: asignar un identificador digital a volúmenes de combustible y arrastrarlo en cada acuerdo de compra-venta hasta el comprador final. El objetivo explícito es bajar la fricción de implementación sin reescribir el corazón de la ley, que se vuelve más estricta conforme avanza el calendario regulatorio, con un umbral clave a partir de 2027 para nuevos contratos.
Lo importante para el mercado es el porqué: Europa está chocando con una realidad de trading, agregación y mezcla. Si la regulación exige una trazabilidad “molécula por molécula” en un sistema diseñado para mezclar, el resultado es incumplimiento estructural o disrupción de suministro. La propuesta reconoce esa fricción y la convierte en contabilidad de atributos auditable.
“Trace and claim” no pretende seguir físicamente cada molécula, sino seguir el atributo de emisiones asociado a un volumen en una contabilidad de libro mayor. En la práctica, el importador compra gas que pudo haber sido físicamente mezclado, pero adquiere junto con el volumen un atributo digital con un valor de emisiones asignado y verificado. Ese atributo se “pega” a los contratos sucesivos: cada venta o cesión conserva el identificador y su documentación de soporte.
El corazón del modelo es la contabilidad de atributos con reglas de no doble conteo: el mismo certificado no puede respaldar dos volúmenes; si se divide el volumen, se divide el atributo con trazabilidad; si se consolida, se consolida con reglas equivalentes. La auditoría se vuelve financiera en su forma: reconciliación de volúmenes, inventarios contractuales y certificados, con evidencia de terceros cuando aplica. La UE está, en esencia, convirtiendo metano en un activo de datos que viaja por la cadena con disciplina de compliance.
En paralelo, la opción de “valores certificados por terceros” funciona como un atajo cuando la contabilidad digital completa no está lista: un verificador independiente asigna un valor de emisiones a nivel de producción para el gas importado y ese valor se usa como base de cumplimiento. Esa vía reduce fricción inicial, pero también abre un nuevo mercado de certificación y de disputas metodológicas: qué se acepta como verificación, con qué frecuencia, y con qué calidad de datos.
Este giro regulatorio se traduce en lenguaje contractual inmediato. En 2026, los contratos que quieran “sobrevivir” y seguir siendo financiables bajo contrapartes con exposición europea van a empezar a exigir cláusulas MRV duras, no anexos de buenas intenciones.
En términos prácticos, aparecen cuatro familias de cláusulas.
La primera es MRV como obligación continua: definición de metodología aceptable, periodicidad de reporting, y derecho del comprador o del financiador a exigir evidencia verificable, no solo reportes internos. En LNG y gas por trading, se vuelve normal pedir que el atributo de emisiones viaje con el volumen y que el vendedor garantice su unicidad.
La segunda son warranties y representaciones: el vendedor declara que los certificados o atributos no están duplicados, que provienen de verificadores aceptables, y que la información entregada refleja el desempeño bajo parámetros del régimen aplicable. En mercados tensos, esto se traduce en asignación de responsabilidad, no en narrativa.
La tercera son eventos de incumplimiento: si la evidencia no se entrega, si el certificado no es aceptado por autoridad o auditor, o si se descubre doble conteo, el contrato puede gatillar remedios económicos. Eso puede ser desde obligación de sustituir certificados y cubrir costos de cumplimiento, hasta descuentos, penalidades o terminación por default, dependiendo del poder de negociación.
La cuarta es auditoría y acceso: derecho de auditoría documental, trazabilidad de cadena, y facultades para revisar la integridad del “ledger” de atributos. Para traders y agregadores, esto cambia el modelo operativo: el back office de compliance deja de ser accesorio y se vuelve parte del core comercial.
El resultado es un punto incómodo para muchos actores: el riesgo de metano empieza a parecerse al riesgo de calidad en combustibles o al riesgo AML en finanzas. No es debatible en comité de sustentabilidad; es gestionable o te expulsa del flujo de negocios.
México entra a este ciclo con una vulnerabilidad típica de mercados dependientes de importación y de cadenas complejas: gran parte del gas que consume está ligado a molécula y contratos de Norteamérica, con agregación y múltiples intermediarios, y con usuarios industriales y generadores que compran energía y gas priorizando continuidad y precio. Esa arquitectura es eficiente, pero frágil cuando el cumplimiento exige evidencia por atributo.
El primer grupo expuesto son trading houses e importadores que participan directa o indirectamente en cadenas con destino europeo o con contrapartes que repliquen estándar europeo por política interna. Aunque el gas mexicano no vaya físicamente a la UE, el estándar se filtra por prácticas de bancos, aseguradoras y contrapartes globales. La pregunta comercial se vuelve: puedes sostener el atributo de emisiones de tu suministro con evidencia aceptable.
El segundo grupo son compradores industriales grandes y generadores, especialmente los que buscan financiamiento competitivo o tienen clientes globales con exigencias de huella. Para ellos, el riesgo no es “pagar una multa europea”, es quedar atrapados en contratos donde el vendedor no puede garantizar atributos, o donde el financiador aplica descuento por incertidumbre. La consecuencia puede ser simple: mayor costo de capital o menor disponibilidad de contratos de largo plazo.
El tercer grupo son proyectos de LNG y gas en desarrollo o expansión, y toda la infraestructura asociada. A partir de 2026, la bancabilidad se moverá hacia proyectos que integren desde el diseño un sistema de datos de cadena: medición, verificación, contabilidad de atributos, y capacidad de auditoría. El que no lo haga tendrá que comprar cumplimiento “a posteriori” más caro y menos confiable.
Para operar en 2026–2028, México necesita activos de datos, no discursos. Un “stack mínimo” de compliance comercial incluye: un registro de volúmenes con identificadores trazables, un esquema de contabilidad de atributos con controles de no doble conteo, un repositorio auditable de certificados y verificaciones, y un modelo contractual estándar que amarre obligaciones MRV y remedios. Sin eso, el país queda en modo reactivo: negociando excepciones caso por caso, pagando primas de riesgo, y perdiendo poder de negociación frente a contrapartes mejor preparadas.
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