El acuerdo publicado por la CFE en el DOF el 10 de diciembre de 2025 define los días inhábiles para los recursos de reconsideración ante su Instancia Colegiada. Descubre cómo esta decisión beneficia los procesos administrativos y brinda claridad a los usuarios.
Consulta la disposición legal en el DOF
El pasado 10 de diciembre de 2025, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un importante acuerdo que define los días inhábiles para la tramitación de recursos de reconsideración ante su Instancia Colegiada, en cumplimiento al artículo 86, fracción I, de la Ley de la Empresa Pública del Estado.
Este acuerdo busca garantizar la claridad y orden en los procesos administrativos dentro de la institución, estableciendo con precisión cuáles serán esos días inhábiles que aplicarán en cada año. La iniciativa reafirma el compromiso de la CFE con el cumplimiento de sus obligaciones legales, destacando la relevancia del respeto a los tiempos y los derechos de los solicitantes.
En un entorno donde los engranajes de la burocracia pueden ser complejos, este documento se asemeja a un faro que orienta tanto a los responsables legales como a los usuarios de la CFE, marcando los límites temporales de acción y garantizando una organización armoniosa.
Para aquellos interesados en conocer los detalles oficiales, pueden acceder al texto íntegro publicado en el DOF. Mantente informado y asegúrate de planificar tus trámites con base en esta normativa.
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