Decreto por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4o. y un párrafo segundo al artículo 5o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección a la salud.

`Nuevas adiciones a la Constitución Mexicana refuerzan el compromiso del país con la protección a la salud. Hispánicos y humanitarios alrededor del mundo aplauden este avance jurídico.`

Decreto por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4o. y un párrafo segundo al artículo 5o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección a la salud.

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Protección a la Salud en México: Actualización Constitucional

Una nueva página en la historia jurídica de México fue escrita este 17 de Enero de 2025, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que adiciona a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dos nuevos párrafos que abordan la protección a la salud.

Los Párrafos Adicionados

El quinto párrafo del Artículo 4 y el segundo párrafo del Artículo 5 vienen a consolidar la evolución de los derechos sociales en México. He aquí estos dos faros que guían la consolidación de un México más justo e inclusivo:

  • Artículo 4 (párrafo quinto): “Cualquier persona tiene derecho a la salud, a la prevención, al tratamiento y al control de enfermedades”.
  • Artículo 5 (párrafo segundo): “El Estado protegerá y promoverá el derecho a la salud de toda la población”.

Estas adiciones marcan un hito en el camino hacia la protección de la salud como un derecho humano, rompiendo el cascarón legislativo históricamente rígido y apuntando hacia un cielo más azul para la población mexicana.

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