Descubre cómo el nuevo tipo de cambio para obligaciones denominadas en moneda extranjera, publicada en el DOF el 16 de enero de 2025, transforma el panorama financiero mexicano.
Consulta la disposición legal en el DOF
Es un día tranquilo, pero el mundo de las divisas jamás duerme. Publicada el 16 de enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una nueva medida respecto al tipo de cambio surge en el panorama financiero de México y sin duda, también en el escenario global.
Al hablar de obligaciones monetarias, nos referimos a créditos, deudas y pagos que debemos cubrir. Cuando éstas están denominadas en moneda extranjera y deben ser pagaderas en nuestra querida tierra azteca, la relación entre nuestras «pesetas» y la divisa foránea adquiere una relevancia estelar.
El cambio propicia un nuevo amanecer financiero que da esperanza a nuestro mercado. Un vistazo al horizonte nos permite esbozar una sonrisa. Sé parte de este nuevo capítulo, porque al fin y al cabo, en el vaivén de las divisas, un peso bien gastado siempre valdrá más que un dólar guardado.
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