Acuerdo General número 001/2025 por el que se dan a conocer los días que serán considerados como inhábiles, así como los días en los que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente suspenderá la prestación de los servicios a las personas contribuyentes en el año 2025.

Descubre las fechas clave establecidas en el Acuerdo General número 001/2025, que dicta los días inhábiles y de suspensión de servicios de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en México.

Acuerdo General número 001/2025 por el que se dan a conocer los días que serán considerados como inhábiles, así como los días en los que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente suspenderá la prestación de los servicios a las personas contribuyentes en el año 2025.

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El calendario de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2025

El colorido tapiz de la fiscalidad mexicana se manifiesta en una miríada de fechas, plazos y periodos de suspensión de servicios vitales. Usando como brújula el Acuerdo General número 001/2025, publicado el 22 de enero de 2025, navegaremos juntos por este mar de fechas.

Días inhábiles

Como hojas caídas en un río de tiempo, determinados días se desprenden del caudal laboral. La Procuraduría los ha marcado como inhábiles, por lo que su corriente no llevará a ningún contribuyente a su destino fiscal ese día.

Suspensión de servicios

Existen también días en los que la Procuraduría, como un barco fondeado en puerto, suspenderá la prestación de servicios a las personas contribuyentes. Estas pausas programadas son vitales para la navegación segura de todas las embarcaciones fiscales.

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