NOM-068-SCT-2-2014

Aviso por el que se informa que para el año 2021, todas las personas físicas o morales permisionarias de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, y de transporte privado de personas y de carga, arrastre privado, autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga, así como las que prestan los servicios auxiliares de paquetería y mensajería, arrastre, arrastre y salvamento, deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la verificación obligatoria de condiciones físico mecánicas y obtener el dictamen correspondiente en el formato que para el efecto establezca la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas para tal fin, ajustándose a las especificaciones de la NOM-068-SCT-2-2014; y cuyos dígitos de la placa de identificación del vehículo a verificar sean 5, 6, 7 u 8, durante los meses que se señalan en el calendario de verificación.

29 de abril de 2021 - Región: México - Sector: Transporte - Sector: Transporte terrestre - Tema: Seguridad Vial - Área: Autotransporte federal - Categoría: Normas de seguridad - Aplicación: Vehículos de carga y pasajeros - Norma: NOM-068-SCT-2-2014 - Aplicación: Autotransporte Federal - Vehículos: Carga y Pasaje - Inspección: Físico-Mecánica - Objetivo: Seguridad - Procedimientos: Verificación Técnica

Información General

Resumen:
La NOM-068-SCT-2-2014 regula las condiciones físico-mecánicas de los vehículos de autotransporte para garantizar la seguridad en las carreteras mexicanas, promoviendo estándares técnicos y operativos claros.

Código:
NOM-068-SCT-2-2014

Dependencia:
Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Fecha de publicación:
29 de abril de 2021

Regula las condiciones físico-mecánicas de los vehículos del autotransporte federal para garantizar la seguridad vial.

Todos los propietarios y operadores de vehículos destinados al autotransporte federal en México.

El incumplimiento puede resultar en sanciones económicas, restricciones operativas o retiro del permiso de circulación.

Incluyen inspecciones regulares, mantenimiento preventivo y cumplimiento de estándares específicos de seguridad.

La norma completa está disponible en el Diario Oficial de la Federación en el enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5617033&fecha=29/04/2021#gsc.tab=0

No, esta norma se aplica únicamente al autotransporte federal.

Las inspecciones deben realizarse de forma periódica y siempre antes de realizar viajes largos.

Actualmente, la norma no incluye especificaciones particulares para vehículos eléctricos.

Se actualizaron los criterios de inspección y se incluyeron parámetros más estrictos para frenos y sistemas de luces.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) es responsable de supervisar el cumplimiento de esta norma.