NOM-068-SCT-2-2014

Aviso por el que se informa que para el año 2020, todas las personas físicas o morales permisionarias de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, y de transporte privado de personas y de carga, arrastre privado, autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga, así como las que prestan los servicios auxiliares de paquetería y mensajería, arrastre, arrastre y salvamento, deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la verificación obligatoria de condiciones físico mecánicas y obtener el dictamen correspondiente en el formato que para el efecto establezca la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas para tal fin, ajustándose a las especificaciones de la NOM-068-SCT-2-2014; y cuyos dígitos de la placa de identificación del vehículo a verificar sean 5, 6, 7 u 8, durante los meses que se señalan en el calendario de verificación.

7 de abril de 2020 - Región: México - Sector: Transporte - Sector: Transporte terrestre - Tema: Seguridad Vial - Área: Autotransporte federal - Categoría: Normas de seguridad - Aplicación: Vehículos de carga y pasajeros - Norma: NOM-068-SCT-2-2014 - Aplicación: Autotransporte Federal - Vehículos: Carga y Pasaje - Inspección: Físico-Mecánica - Objetivo: Seguridad - Procedimientos: Verificación Técnica

Información General

Resumen:
La NOM-068-SCT-2-2014 regula las condiciones físico-mecánicas de los vehículos del autotransporte federal para garantizar la seguridad vial en México. Establece especificaciones técnicas y procedimientos de verificación obligatorios.

Código:
NOM-068-SCT-2-2014

Dependencia:
Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Fecha de publicación:
07 de abril de 2020

Esta norma regula las condiciones físico-mecánicas de los vehículos del autotransporte federal.

Aplica a vehículos de carga y transporte de pasaje que operan en el autotransporte federal.

Sí, su cumplimiento es obligatorio para garantizar la seguridad vial en carreteras federales.

El incumplimiento puede resultar en sanciones, incluyendo la inmovilización del vehículo.

La verificación debe realizarse en centros autorizados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

La frecuencia varía según el tipo y uso del vehículo, pero debe realizarse de manera periódica.

Incluye aspectos como frenos, dirección, iluminación, suspensión, llantas y emisiones contaminantes.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la autoridad encargada de supervisar su cumplimiento.

Se puede consultar en el Diario Oficial de la Federación y en el sitio web de la SCT.

Mejora la seguridad vial, reduce accidentes y asegura la operación adecuada de los vehículos.