La NOM-004-SAGARPA-2018 establece lineamientos de producción y etiquetado para garantizar la calidad e inocuidad de los productos agrícolas.
La NOM-004-SAGARPA-2018 es una regulación clave que establece los lineamientos para garantizar la calidad y la inocuidad de los productos agrícolas en México. Su objetivo principal es asegurar que estos productos cumplan con los estándares necesarios para su comercialización tanto a nivel nacional como internacional.
Esta NOM regula aspectos como las especificaciones técnicas, el etiquetado obligatorio y los procesos de producción de los productos agrícolas. Además, busca fomentar prácticas agrícolas sostenibles y responsables, contribuyendo al desarrollo del sector agropecuario.
Aplica a todos los productores, procesadores y distribuidores que operan en el sector agrícola. También abarca a los productos agrícolas importados que se comercialicen dentro del territorio nacional.
El etiquetado es un aspecto fundamental de esta norma, ya que permite a los consumidores identificar claramente el origen, las características y la calidad del producto. Esto fortalece la confianza del mercado y facilita el cumplimiento de estándares internacionales.
En conclusión, esta normativa no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para mejorar la competitividad de tus productos. Te invitamos a investigar más sobre esta norma en fuentes confiables y asegurarte de cumplir con sus disposiciones. ¡Tu compromiso con la calidad y la inocuidad hará la diferencia!
¿Qué regula la NOM-004-SAGARPA-2018?
Regula las especificaciones de etiquetado y producción de productos agrícolas para garantizar su calidad e inocuidad.
¿A quiénes aplica esta norma?
Aplica a productores, procesadores y comercializadores de productos agrícolas en México.
¿Qué sucede si no cumplo con la NOM?
Podrías enfrentar sanciones, multas y restricciones para comercializar tus productos.
¿Dónde puedo consultar el texto completo de la NOM?
El texto completo está disponible en el Diario Oficial de la Federación.
¿La norma aplica a productos agrícolas importados?
Sí, siempre que se comercialicen en el territorio nacional.
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