NOM-007-ASEA

Acuerdo por el cual se reforma la denominación, se modifican, adicionan y derogan diversos numerales de la Convocatoria para obtener la Aprobación como Unidad de Verificación para realizar la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-007-ASEA- 2016, Transporte de gas natural, etano y gas asociado al carbón mineral por medio de ductos.

2 de abril de 2024 - Sector: Energía - Tipo de instalación: Hidrocarburos - Sector: Energético - Regulación: Normas Oficiales Mexicanas - Tema: Protección ambiental - Tema: Seguridad operativa - Aplicación: Instalaciones de hidrocarburos - Área: Transporte de hidrocarburos - Tema: Construcción y mantenimiento

Información General

Resumen:
La NOM-007-ASEA regula las especificaciones técnicas y operativas para instalaciones relacionadas con hidrocarburos, promoviendo seguridad y sostenibilidad en el sector energético.

Código:
NOM-007-ASEA

Dependencia:
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Fecha de publicación:
02 de abril de 2024

Aplica a empresas y entidades que operan instalaciones relacionadas con hidrocarburos en territorio mexicano.

Regula especificaciones técnicas, operativas y de seguridad para instalaciones de hidrocarburos.

Puedes consultarla en el Diario Oficial de la Federación en la URL: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5721831&fecha=02/04/2024#gsc.tab=0

La NOM-007-ASEA entra en vigor el 2 de abril de 2024.

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas y riesgos legales para las empresas involucradas.

Deberás realizar auditorías y evaluaciones conforme a los requisitos técnicos especificados en la norma.

Sí, complementa otras normas de seguridad y medio ambiente aplicables al sector energético.