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Acuerdo Secretarial Núm. 39/2026 por el que se da a conocer a la comunidad marítima y al público en general, la enmienda al Código para la Implantación de los Instrumentos de la Organización Marítima Internacional (Código III), incluida en la resolución A.1070(28) de la Organización Marítima Internacional.

** El mar, que representa más que aguas y olas, ahora enfrenta una nueva normativa. La enmienda al Código III, publicada en el <strong>DOF</strong> el 27 de abril de 2026, promete revolucionar el mismo corazón de lo marítimo con medidas que refuerzan la seguridad y el cuidado al medioambiente.

Acuerdo Secretarial Núm. 39/2026 por el que se da a conocer a la comunidad marítima y al público en general, la enmienda al Código para la Implantación de los Instrumentos de la Organización Marítima Internacional (Código III), incluida en la resolución A.1070(28) de la Organización Marítima Internacional.

Consulta la disposición legal en el DOFArrow

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La Transformación Marítima: Enmienda al Código III en el DOF

El mar, ese vasto escenario de aventuras, comercio y conexión global, ha recibido un nuevo capítulo en su regulación. El pasado 27 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo Secretarial Núm. 39/2026, donde se informa sobre una trascendental actualización al Código para la Implantación de los Instrumentos de la Organización Marítima Internacional (Código III).

¿Qué abarca esta nueva enmienda?

La enmienda al Código III, incluida en la resolución A.1070(28) de la Organización Marítima Internacional, busca perfeccionar los estándares de seguridad, protección marítima y prevención de la contaminación. Con esta modificación, el horizonte marítimo se adapta a las nuevas demandas globales y fortalece el marco regulatorio para todos los actores del sector.

Impacto en la comunidad marítima

  • Mayor eficiencia en el cumplimiento de los instrumentos de la OMI.
  • Un enfoque más riguroso en la supervisión y auditoría de prácticas marítimas.
  • Incentivo hacia la responsabilidad ambiental en las actividades del mar.

No cabe duda de que este acuerdo busca no solo armonizar la normativa internacional en nuestro país, sino también consolidar una estructura marítima más sólida y responsable.

Consulta el documento oficial

Para quienes deseen explorar los detalles, el texto completo está disponible en el sitio oficial del DOF: Acuerdo Secretarial Núm. 39/2026. Aquí, los interesados podrán navegar entre los recovecos de esta enmienda y comprender su importancia.

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