La Suprema Corte dicta un aplazamiento histórico sobre la CURP Biométrica
El pasado 22 de octubre de 2026, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo General número 13/2026-AAG. Mediante este documento, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió aplazar las decisiones relacionadas con diversos asuntos judiciales sobre la implementación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) Biométrica y su normativa asociada.
¿Qué asuntos abarca este aplazamiento?
El acuerdo menciona la suspensión del dictado de resoluciones en:
- Amparos directos y amparos en revisión a cargo de los Tribunales Colegiados de Circuito.
- Divergencias en los criterios jurídicos en los Plenos Regionales.
- Casos donde subsista el análisis de los artículos reformados de la Ley General de Población, como el 91 y sus derivados.
¿Qué está en juego?
El corazón de esta cuestión legal radica en la constitucionalidad de los artículos reformados por el Decreto publicado el 16 de julio de 2025. Dichos artículos plantean la obligatoriedad de la CURP Biométrica y la creación de un sistema integral que, bajo la plataforma única de identidad, incluye mecanismos de consulta, transferencia y validación del documento.
Una resolución que define el futuro
Este aplazamiento deja a la espera temas trascendentales relacionados con la protección de datos personales y la privacidad de millones de personas en México. Con esta decisión, la Suprema Corte invita al análisis más profundo, como un estratega que no mueve piezas hasta comprender el tablero completo.
Mientras tanto, la población debe mantenerse informada sobre las implicaciones que estas reformas pueden tener en su día a día, ya que el debate sobre los límites entre tecnología, privacidad y derechos constitucionales apenas comienza.
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