NOM-EM

Aviso por el que se prorroga por un plazo de seis meses contados a partir del 1 de julio de 2016 la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM- 001-ASEA-2015, Diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de Expendio en su modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo, para diésel y gasolina

24 de junio de 2016 - Ámbito: Nacional - Publicación: Diario Oficial de la Federación - Tipo de norma: Emergente - Sector: Regulación y Normatividad

Información General

Resumen:
La NOM-EM establece lineamientos temporales para garantizar el cumplimiento de requisitos de seguridad, calidad o desempeño en situaciones excepcionales. Publicada en el DOF, su objetivo es salvaguardar derechos fundamentales en contextos específicos.

Código:
NOM-EM

Dependencia:
Secretaría de Economía

Fecha de publicación:
24 de junio de 2016

Es una Norma Oficial Mexicana de carácter emergente que se emite para atender situaciones excepcionales o de urgencia.

Generalmente, las NOM-EM tienen una vigencia temporal de seis meses, prorrogable una sola vez por un periodo igual.

Sí, su cumplimiento es obligatorio mientras esté vigente.

Puedes revisarla en el Diario Oficial de la Federación o en el enlace proporcionado: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5442252&fecha=24/06/2016#gsc.tab=0

La NOM-EM es temporal y responde a situaciones excepcionales, mientras que las NOM regulares tienen carácter permanente.