NOM-017-ASEA-2023

Norma Oficial Mexicana NOM-017-ASEA-2023, Instalaciones de almacenamiento de gas licuado de petróleo (GLP). (Cancela y sustituye a la Norma Oficial Mexicana NOM- 015-SECRE-2013, Diseño, construcción, seguridad, operación y mantenimiento de sistemas de almacenamiento de gas licuado de petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que se encuentran directamente vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, o que forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto).

12 de diciembre de 2023 - Sector: Energético - Sector: Hidrocarburos - Tema: Seguridad Operativa y Ambiental - Tipo de Norma: Seguridad Industrial y Ambiental

Información General

Resumen:
La NOM-017-ASEA-2023 establece lineamientos para garantizar la seguridad operativa y ambiental en instalaciones reguladas por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, promoviendo prácticas responsables y sostenibles en el sector energético.

Código:
NOM-017-ASEA-2023

Dependencia:
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Fecha de publicación:
12 de diciembre de 2023

Garantizar la seguridad operativa y proteger el ambiente en instalaciones reguladas por la ASEA.

Instalaciones del sector energético reguladas por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.

Sí, su cumplimiento es obligatorio para las instalaciones reguladas por la ASEA.

Las sanciones pueden variar desde multas económicas hasta la suspensión de operaciones de las instalaciones afectadas.

Puedes consultarlo en el Diario Oficial de la Federación en la siguiente URL: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5710977&fecha=12/12/2023#gsc.tab=0