NOM-018-SICT3-2024

Norma Oficial Mexicana NOM-018-SICT3-2024, Manual de Vuelo.

2 de abril de 2026 - Sector: Transporte - Aplicación: Materiales y residuos peligrosos - Finalidad: Seguridad vial - Regulación: Normatividad técnica - Año: 2024 - Vigencia: Proyecto de norma - Clasificación: Seguridad en transporte terrestre - Tipo de transporte: Terrestre - Aplicación: Transporte terrestre - Categoría: Mercancías Peligrosas

Información General

Resumen:
La NOM-018-SICT3-2024 establece lineamientos técnicos para garantizar la seguridad y eficiencia en el transporte de mercancías peligrosas en México, promoviendo estándares internacionales y reducción de riesgos.

Código:
NOM-018-SICT3-2024

Dependencia:
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y TransportesSecretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)

Fecha de publicación:
02 de abril de 2026

Última actualización:
02 de abril de 2026

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La NOM-018-SICT3-2024 establece lineamientos técnicos para garantizar la seguridad y eficiencia en el transporte de mercancías peligrosas en México, promoviendo estándares internacionales y reducción de riesgos.

Qué sabemos

  • Código: NOM-018-SICT3-2024
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2026-04-02
  • Dependencia: Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)

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La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2026-04-02
Historia de la NOM-018-SICT3-2024

Regula el transporte seguro de mercancías peligrosas en México, estableciendo lineamientos técnicos y de seguridad.

Transportistas, operadores, empresas logísticas y cualquier entidad involucrada en el traslado de mercancías peligrosas.

La norma será aplicable a partir del 2 de abril de 2026 según su publicación en el DOF.

El incumplimiento puede conllevar sanciones legales y riesgos de seguridad en el transporte.

Puedes consultar el texto completo en el Diario Oficial de la Federación o en el sitio web oficial de la SICT.

Sí, cancela la NOM-018-SCT3-2012 y la NOM-019-SCT3-2004.

Regula principalmente el transporte de sustancias químicas peligrosas y materiales inflamables.

Sí, su cumplimiento es obligatorio para todos los involucrados en el transporte de mercancías peligrosas.

Promueve la armonización con estándares internacionales, facilitando el cumplimiento en el comercio exterior.

Busca reducir riesgos, garantizar la seguridad y promover estándares técnicos en el transporte de mercancías peligrosas.