NOM-EM-009-ASEA

Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-009-ASEA- 2026, Distribución de Gas Licuado de Petróleo por medio de Auto-tanque y Vehículo de Reparto.

Ver ficha canónica vigente de NOM-EM-009-ASEA

5 de octubre de 2026 - Sector: Energético - Clasificación: Normativa emergente

Información General

Resumen:
La NOM-EM-009-ASEA establece lineamientos técnicos y de seguridad para actividades relacionadas con la industria de hidrocarburos, promoviendo la protección ambiental y la seguridad operativa.

Código:
NOM-EM-009-ASEA

Dependencia:
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Fecha de publicación:
05 de octubre de 2026

Última actualización:
05 de octubre de 2026

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La NOM-EM-009-ASEA establece lineamientos técnicos y de seguridad para actividades relacionadas con la industria de hidrocarburos, promoviendo la protección ambiental y la seguridad operativa.

Qué sabemos

  • Código: NOM-EM-009-ASEA
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2026-10-05
  • Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Qué falta confirmar

La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2026-10-05
Historia de la NOM-EM-009-ASEA

Regula aspectos técnicos y de seguridad en actividades de hidrocarburos, como exploración, extracción y transporte.

Sí, para todas las empresas que realicen actividades relacionadas con hidrocarburos en México.

De acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, una NOM emergente tiene una vigencia de seis meses.

El incumplimiento puede conllevar sanciones legales y económicas impuestas por la ASEA.

Puedes revisar el documento completo en el Diario Oficial de la Federación en su sitio web oficial.