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Todo lo que necesitas saber sobre el PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2010

Descubre cómo el etiquetado frontal de alimentos y bebidas preenvasados impacta la salud pública y lo que necesitas saber para cumplir con esta importante norma.

Todo lo que necesitas saber sobre el PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2010

El PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2010 es una de las normativas más relevantes en México para la industria de alimentos y bebidas. Su objetivo principal es garantizar que los consumidores cuenten con información clara, suficiente y veraz sobre los productos que adquieren, especialmente en lo que respecta a su contenido nutricional.

¿Qué regula esta norma?

Esta norma aplica a los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esto incluye productos nacionales e importados destinados al consumidor final. Entre sus principales disposiciones, destaca la obligación de incluir un etiquetado frontal de advertencia para aquellos productos que excedan los límites establecidos de azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías.

Impacto en la industria y el consumidor

Para la industria, el cumplimiento de esta norma implica ajustar sus procesos de etiquetado y, en algunos casos, reformular productos. Por otro lado, los consumidores se benefician al contar con información más accesible, lo que les permite tomar decisiones informadas sobre su alimentación.

¿Qué información debe incluir el etiquetado?

  • Datos nutricionales: Cantidades de energía, azúcares, grasas y sodio.
  • Advertencias: Leyendas como “Exceso Calorías” o “Exceso Azúcares”.
  • Información general: Nombre del producto, ingredientes y datos del fabricante.

Recomendaciones para cumplir con la NOM

Es crucial que las empresas revisen los lineamientos técnicos de la NOM y realicen los ajustes necesarios en sus etiquetas. Además, se recomienda realizar auditorías internas y consultar a expertos en normatividad.

Conclusión

El PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2010 representa un paso importante hacia una alimentación más saludable en México. Cumplir con esta norma no solo evita sanciones, sino que también contribuye a mejorar la confianza del consumidor. Si quieres profundizar en el tema, te invitamos a investigar más y consultar fuentes confiables en línea.

Preguntas frecuentes

¿Qué productos regula esta NOM?
Regula alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados destinados al consumidor final.

¿Es obligatorio cumplir con el etiquetado frontal?
Sí, el etiquetado frontal es obligatorio para los productos que superen los límites establecidos de azúcares, grasas y sodio.

¿A quiénes aplica esta norma?
Aplica a fabricantes, importadores y comercializadores de alimentos y bebidas preenvasados.

¿Qué información debe incluir el etiquetado?
Debe incluir información nutricional, advertencias sobre contenido alto de ciertos nutrientes y datos de identificación del producto.

¿Qué sanciones existen por incumplimiento?
El incumplimiento puede resultar en multas, retiro de productos del mercado y otras sanciones administrativas.

¿Cómo se definen los límites de nutrientes críticos?
Los límites son establecidos por la Secretaría de Salud con base en investigaciones científicas.

¿La norma aplica a productos importados?
Sí, todo producto importado debe cumplir con el etiquetado conforme a la NOM.

¿Cuándo entró en vigor esta norma?
Entró en vigor el 1 de octubre de 2020, con un periodo de implementación gradual.

¿Es necesario registrar etiquetas ante alguna autoridad?
No, pero las etiquetas deben cumplir con los lineamientos establecidos en la NOM.

¿Qué cambios se incluyeron respecto a la norma anterior?
Se incluyó el etiquetado frontal de advertencia y se ajustaron los criterios de etiquetado nutricional.

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