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Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los Poderes Ejecutivos Federal y Locales.

** En un giro trascendental para México, se reformaron los artículos 82, 116 y 122 constitucionales, exigiendo nacionalidad única para quienes lideren los poderes ejecutivos federal y estatales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2026, este decreto enaltece la identidad nacional y marca un nuevo capítulo político.

Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los Poderes Ejecutivos Federal y Locales.

Consulta la disposición legal en el DOFArrow

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Reforma Constitucional: La nacionalidad única como requisito para liderar México

En un movimiento histórico publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de octubre de 2026, se oficializó el decreto que modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este cambio busca reafirmar el propósito de unidad y compromiso nacional en el ejercicio de los poderes ejecutivos, tanto a nivel federal como local.

¿Qué implica esta reforma?

  • Unidad nacional: Promueve el fortalecimiento de la identidad mexicana al incorporar la nacionalidad única como requisito indispensable para quienes aspiren a liderar tanto la nación como los estados.
  • Responsabilidad exclusiva: Se elimina cualquier posibilidad de influencias externas en las decisiones de mandatarios, poniendo como prioridad los intereses del país.

La reforma reconoce que ser mexicano por nacimiento no solo es un hecho jurídico sino también un vínculo profundo, que habla de sueños, raíces y un compromiso inquebrantable con la tierra que nos vio crecer. Este cambio busca asegurar que quienes tomen las riendas del destino nacional tengan un entendimiento pleno de su gente y sus desafíos.

Detalles del decreto

El documento puede consultarse en su totalidad en el portal oficial del DOF mediante el siguiente enlace: Publicación DOF 07/10/2026. En él, se destacan las adiciones y modificaciones de los artículos:

  • Artículo 82: Relativo a los requisitos para asumir la Presidencia de la República.
  • Artículo 116: Enfocado en los poderes ejecutivos de las entidades federativas.
  • Artículo 122: Referente al ejercicio del poder ejecutivo en la Ciudad de México.

Este decreto no sólo deja claro el compromiso del Estado con la defensa de la soberanía mexicana, sino que establece una premisa: solo aquellos que compartan un legado incomparable y una identidad singular podrán guiar el futuro de este país plagado de historia y esperanza.

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