NOM-EM-004-ASEA

Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-004-ASEA- 2017, Especificaciones y requisitos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para el diseño, construcción, pre-arranque, operación, mantenimiento, cierre y desmantelamiento de estaciones de servicio con fin específico para el expendio al público de gas licuado de petróleo, por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles a presión.

9 de agosto de 2017 - Sector: Energía y Medio Ambiente - Categoría: Normas Técnicas - Aplicación: Instalaciones de hidrocarburos - Regulación: Seguridad y Protección Ambiental

Información General

Resumen:
La NOM-EM-004-ASEA establece las disposiciones técnicas y administrativas para la regulación de instalaciones de hidrocarburos, buscando garantizar seguridad y protección ambiental.

Código:
NOM-EM-004-ASEA

Dependencia:
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Fecha de publicación:
09 de agosto de 2017
Historia de la NOM-EM-004-ASEA

Garantizar la seguridad industrial y protección ambiental en instalaciones relacionadas con hidrocarburos.

Regula instalaciones de hidrocarburos como refinerías, estaciones de servicio y almacenamiento.

Sí, su cumplimiento es obligatorio para las empresas que operen instalaciones de hidrocarburos.

Podrías enfrentar sanciones administrativas, económicas y riesgos operativos como accidentes o impactos ambientales.

Puedes consultarla en el Diario Oficial de la Federación o a través del enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5493101&fecha=09/08/2017#gsc.tab=0.

Introduce disposiciones específicas para prevenir riesgos y mejorar la supervisión ambiental.

La ASEA es la autoridad encargada de supervisar el cumplimiento de esta norma.

Es recomendable realizar un diagnóstico técnico de tus instalaciones y consultar expertos en normatividad.