NOM-040-SCT-2-2012

Aviso a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/ o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal, por el que se hace de su conocimiento los horarios de operación que se aplicarán en el período vacacional comprendido de las 00:00 horas del 12 de diciembre de 2025 a las 23:59 horas del 7 de enero de 2026, de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.

5 de diciembre de 2025 - Regulación: Normas Oficiales Mexicanas - Sector: Transporte - Sector: Transporte terrestre - Ámbito: Federal - Tema: Materiales y Residuos Peligrosos - Tipo de transporte: Terrestre - Categoría: Seguridad - Cobertura: Nacional - Material: Materiales peligrosos - Objetivo: Seguridad operativa - Aplicación: Seguridad en transporte terrestre - Normatividad: NOM - Enfoque: Protección ambiental - Riesgo: Prevención de accidentes

Información General

Resumen:
La NOM-040-SCT-2-2012 establece los requisitos técnicos para la seguridad en el transporte terrestre de materiales peligrosos, promoviendo la protección de personas, bienes y el medio ambiente ante riesgos asociados a estas operaciones.

Código:
NOM-040-SCT-2-2012

Dependencia:
Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Fecha de publicación:
05 de diciembre de 2025

Regula los requisitos técnicos para el transporte terrestre de materiales peligrosos en México.

Transportistas, empresas de logística y cualquier entidad involucrada en el manejo de materiales peligrosos en transporte terrestre.

Incluyen especificaciones para vehículos, embalajes, etiquetado y protocolos de seguridad.

El incumplimiento puede resultar en sanciones legales, accidentes y riesgos para la seguridad pública.

En el sitio oficial del Diario Oficial de la Federación, disponible en https://www.dof.gob.mx.

Abarca líquidos inflamables, gases tóxicos, explosivos y otros materiales clasificados como peligrosos.

No, solo para transporte terrestre dentro del territorio mexicano.

Sí, cancela la NOM-040-SCT-2-1994.