NOM-003-ASEA-2016

Norma Oficial Mexicana NOM-003-ASEA-2016, Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.

19 de agosto de 2017 - Sector: Energía - Tema: Seguridad industrial - Regulación: Normas Oficiales Mexicanas - Sector: Hidrocarburos - Tema: Protección ambiental - Aplicación: Sistemas de almacenamiento de hidrocarburos - Objetivo: Seguridad industrial y protección ambiental - Tipo de instalación: Instalaciones terrestres - Aplicación: Infraestructura de hidrocarburos - Tipo de Instalación: Infraestructura Petrolera - Tema: Seguridad y Medio Ambiente

Información General

Resumen:
La NOM-003-ASEA-2016 regula el diseño, construcción y mantenimiento de sistemas de almacenamiento de hidrocarburos en instalaciones terrestres para garantizar seguridad y cuidado ambiental.

Código:
NOM-003-ASEA-2016

Dependencia:
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)

Fecha de publicación:
19 de agosto de 2017

Establecer requisitos para el diseño, construcción y mantenimiento de sistemas de almacenamiento de hidrocarburos en instalaciones terrestres.

Empresas e instalaciones que almacenan hidrocarburos en sistemas terrestres en México.

Regula aspectos técnicos, de seguridad y de protección ambiental relacionados con el almacenamiento de hidrocarburos.

En el Diario Oficial de la Federación, en el enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5494386&fecha=19/08/2017#gsc.tab=0

Podrías enfrentar sanciones legales y administrativas, además de riesgos operativos y ambientales.

Estableciendo requisitos para prevenir fugas, derrames y otros riesgos que puedan impactar al medio ambiente.

La NOM-003-ASEA-2016 fue publicada el 19 de agosto de 2017 y está en vigor desde entonces.

Instalaciones que no almacenan hidrocarburos o que operan bajo normativas específicas diferentes.

Puedes realizar auditorías internas o contratar un experto en normatividad para evaluar el cumplimiento.

Sí, cancela la NOM-001-ASEA-2015 y la NOM-002-ASEA-2015.