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Acuerdo General 2/2026, de seis de abril de dos mil veintiséis, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se levanta el aplazamiento del dictado de la resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, adicionado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el treinta de diciembre de dos mil veintiuno, ordenado en el diverso 7/2023 de treinta de octubre de dos mil veintitrés.

** El Acuerdo General 2/2026 levanta el aplazamiento en los litigios sobre el polémico artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, marcando un antes y un después en la justicia fiscal mexicana. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2026, este giro legal genera expectativa y debate entre juristas y ciudadanos.

Acuerdo General 2/2026, de seis de abril de dos mil veintiséis, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se levanta el aplazamiento del dictado de la resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, adicionado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el treinta de  diciembre de dos mil veintiuno, ordenado en el diverso 7/2023 de treinta de octubre de dos mil veintitrés.

Consulta la disposición legal en el DOFArrow

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La Suprema Corte de Justicia levanta el velo sobre el artículo 307 Ter

Después de años de incertidumbre, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dado un paso decisivo. El Acuerdo General 2/2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2026, marca el fin del aplazamiento en la resolución de los amparos en revisión relacionados con el polémico artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México.

¿Qué significa este acuerdo?

El artículo 307 Ter, adicionado por decreto el 30 de diciembre de 2021, había generado un sinfín de debates sobre su constitucionalidad y alcance. Con este nuevo acuerdo, ordenado previamente en el diverso 7/2023 del 30 de octubre de 2023, la Suprema Corte busca establecer claridad y equidad en los procesos jurídicos relacionados. ¿Será este el inicio de una nueva era de justicia fiscal?

Puntos clave del Acuerdo General 2/2026

  • El levantamiento del aplazamiento: Finalmente se permitirá dictar resolución en los amparos en revisión que habían quedado estancados.
  • Impacto en los Tribunales Colegiados de Circuito: Estos órganos jugarán un papel determinante en la interpretación del artículo 307 Ter.
  • Una mirada al pasado: La controversia había surgido tras la publicación del decreto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en 2021.

Un cambio que busca justicia

Este movimiento de la Suprema Corte es un recordatorio de que el tiempo y el debate son las mejores herramientas para gestar decisiones trascendentales. Este acuerdo no solo toca temas fiscales, sino también cuestiona los balances jurídicos entre lo local y lo nacional. La resolución promete ser el faro que ilumine un tramo oscuro de la historia legislativa.

Consulta el acuerdo completo

Para conocer los detalles, puedes acceder al acuerdo en la página oficial del DOF mediante el siguiente enlace: Acuerdo General 2/2026 en el Diario Oficial de la Federación.

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