PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021

Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021, Productos de maíz y trigo-Denominaciones- Masa y productos derivados de masa-Especificaciones sanitarias-información comercial y sanitaria- Métodos de prueba. (Cancelará a la Norma Oficial Mexicana NOM-187-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Masa, tortillas, tostadas y harinas preparadas para su elaboración y establecimientos donde se procesan. Especificaciones sanitarias. Información comercial. Métodos de prueba, publicada el 18 de agosto de 2003), publicado el 15 de febrero del 2022.

11 de julio de 2023 - Región: México - Categoría: Normas oficiales mexicanas - Sector: Alimentos y Bebidas - Aplicabilidad: Consumidores y Productores

Información General

Resumen:
La PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021 busca establecer lineamientos para la calidad y seguridad de productos alimenticios y bebidas alcohólicas en México, garantizando la protección del consumidor y fomentando la transparencia en su comercialización.

Código:
PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021

Dependencia:
Secretaría de Salud

Fecha de publicación:
11 de julio de 2023

Última actualización:
12 de marzo de 2025

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021 busca establecer lineamientos para la calidad y seguridad de productos alimenticios y bebidas alcohólicas en México, garantizando la protección del consumidor y fomentando la transparencia en su comercialización.

Qué sabemos

  • Código: PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2023-07-11
  • Dependencia: Secretaría de Salud

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La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2025-03-12
Historia de la PROY-NOM-187-SSA1/SE-2021

Regula la calidad y seguridad de alimentos y bebidas alcohólicas, incluyendo etiquetado y comercialización.

Sí, una vez que sea publicada como definitiva en el Diario Oficial de la Federación.

Aplica a productores, importadores y comercializadores de alimentos y bebidas alcohólicas en México.

Cancela la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 y la NOM-086-SSA1-1994.

Puedes consultar en el Diario Oficial de la Federación o en sitios oficiales de la Secretaría de Salud.