NOM-239-SE-2020

Norma Oficial Mexicana NOM-239-SE-2020, Chile Yahualica (Capsicum annuum L.)-Denominación-Especificaciones, información comercial y métodos de prueba.

30 de marzo de 2021 - Sector: Energía - Sector: Energético - Aplicación: Instalaciones eléctricas - Regulación: Normativa técnica - Año de publicación: 2020 - Vigencia: 2020 - Industria: Industrial y comercial - Residencial: Uso en viviendas - Seguridad: Protección contra riesgos eléctricos - Sector: Construcción - Área de aplicación: Edificaciones - Norma: PROY-NOM-239-SE-2020 - Tipo de Norma: Proyecto de NOM - URL en DOF: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594610&fecha=09/06/2020#gsc.tab=0

Información General

Resumen:
La NOM-239-SE-2020 establece lineamientos técnicos y administrativos para garantizar la seguridad y eficiencia en sistemas eléctricos en instalaciones comerciales, industriales y residenciales de México.

Código:
NOM-239-SE-2020

Dependencia:
Secretaría de EnergíaSecretaría de Economía

Fecha de publicación:
30 de marzo de 2021

Última actualización:
12 de marzo de 2025

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La NOM-239-SE-2020 establece lineamientos técnicos y administrativos para garantizar la seguridad y eficiencia en sistemas eléctricos en instalaciones comerciales, industriales y residenciales de México.

Qué sabemos

  • Código: NOM-239-SE-2020
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2021-03-30
  • Dependencia: Secretaría de Energía, Secretaría de Economía

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La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2025-03-12
Historia de la NOM-239-SE-2020

Regula los sistemas eléctricos en instalaciones comerciales, industriales y residenciales, enfocándose en seguridad y eficiencia.

Todas las empresas y personas que diseñen, instalen o supervisen sistemas eléctricos en México.

Cancela la NOM-001-SEDE-2012.

Sí, es de cumplimiento obligatorio según la Secretaría de Energía.

Puedes consultarlo en el Diario Oficial de la Federación: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5614692&fecha=30/03/2021#gsc.tab=0.

Previene cortocircuitos, sobrecargas y fallas en sistemas eléctricos que puedan causar accidentes o daños materiales.

Garantiza la seguridad, optimiza la eficiencia energética y evita sanciones legales.

La Secretaría de Energía realiza inspecciones y auditorías técnicas para verificar el cumplimiento.