PROY-NOM-003-SAG/GAN

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SAG/GAN- 2016, Propóleos, producción y especificaciones para su procesamiento

16 de septiembre de 2016 - Sector: Agropecuario - Publicación: Diario Oficial de la Federación - Tipo de Norma: Técnica - Área: Ganadería y Agricultura

Información General

Resumen:
La PROY-NOM-003-SAG/GAN establece lineamientos técnicos para la producción, manejo y comercialización de productos agropecuarios, asegurando calidad y cumplimiento normativo.

Código:
PROY-NOM-003-SAG/GAN

Dependencia:
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Fecha de publicación:
16 de septiembre de 2016

Última actualización:
12 de marzo de 2025

Procedencia editorial:
Evidencia y contexto

Cómo leer esta ficha normativa

En breve

La PROY-NOM-003-SAG/GAN establece lineamientos técnicos para la producción, manejo y comercialización de productos agropecuarios, asegurando calidad y cumplimiento normativo.

Qué sabemos

  • Código: PROY-NOM-003-SAG/GAN
  • Estado registrado: Activa
  • Publicación: 2016-09-16
  • Dependencia: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Qué falta confirmar

La ficha no afirma una URL oficial de origen cuando ese dato no está almacenado en el catálogo. Para efectos legales debe consultarse el documento emitido por la autoridad competente.

Fuente y fecha

Fuente
AI Regula Solutions · editor de la ficha
Última actualización
2025-03-12
Historia de la PROY-NOM-003-SAG/GAN

Regula los procesos de producción, manejo y comercialización de productos agropecuarios para garantizar su calidad.

Sí, una vez que entre en vigor, será obligatoria para los productores y comercializadores del sector agropecuario.

Incluye productos agropecuarios como ganado, cultivos y derivados relacionados con el sector.

La norma completa está disponible en el Diario Oficial de la Federación, en el enlace proporcionado.

El incumplimiento puede resultar en sanciones legales y afectar la comercialización de los productos.

Garantiza calidad, facilita la comercialización y promueve la confianza de los consumidores.

Sí, cancela la NOM-001-SAG-2007 y la NOM-002-SAG-2008.

La entrada en vigor se define en el Diario Oficial de la Federación tras su publicación oficial.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural será responsable de supervisar su cumplimiento.