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CENACE publica calendario de días inhábiles 2026; operación del sistema eléctrico y el MEM no se suspenden

El CENACE definió los días inhábiles y horarios para 2026. La planeación y operación del sistema eléctrico y el MEM continuarán sin suspensión.

CENACE publica calendario de días inhábiles 2026; operación del sistema eléctrico y el MEM no se suspenden

El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles de sus Unidades Administrativas para el año 2026, estableciendo el calendario oficial de suspensión de labores, el horario de atención al público y, de manera relevante, las excepciones aplicables a la planeación y operación del Sistema Eléctrico Nacional y a la administración del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). De acuerdo con el Acuerdo, durante 2026 serán considerados días inhábiles todos los sábados y domingos, así como diversas fechas conmemorativas y periodos específicos de suspensión, entre ellos el 1 de enero; el primer lunes de febrero; el tercer lunes de marzo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre; el 25 de diciembre; además de los periodos del 2 y 3 de abril, 6 al 10 de abril, 20 al 24 de julio, 14 y 15 de septiembre, 24 de diciembre y del 28 al 31 de diciembre. En esos días, se suspenden labores y no corren plazos legales, salvo las excepciones expresamente previstas.

El documento también fija el horario de atención al público del CENACE: de 8:00 a 17:00 horas de lunes a jueves, y de 8:00 a 14:00 horas los viernes, para la realización de diligencias o actuaciones administrativas.

Uno de los puntos centrales del Acuerdo es que la suspensión de labores no será aplicable a los procesos sustantivos relativos a la Planeación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional, ni a la Administración del Mercado Eléctrico Mayorista, los cuales deberán mantenerse activos aun durante los días inhábiles. Asimismo, se precisa que los periodos de suspensión no interrumpen los procedimientos y obligaciones contractuales derivados de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que los plazos contractuales continúan corriendo.

En los artículos transitorios, el CENACE establece que el Acuerdo entró en vigor el mismo día de su publicación y que las Unidades Administrativas deberán proveer lo necesario para que, cuando la naturaleza del trabajo lo exija, permanezca laborando el personal mínimo requerido a fin de atender asuntos urgentes y garantizar la continuidad de los procesos críticos del sistema eléctrico y del mercado.

Con esta publicación, el CENACE brinda certeza jurídica a usuarios, participantes del mercado y contratistas respecto al cómputo de plazos y la continuidad operativa del sistema eléctrico durante 2026, reforzando su carácter de operador crítico nacional cuya actividad no se detiene por los calendarios administrativos.


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