El Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos obliga a todas las estaciones a operar con una marca registrada. Qué cambia, cómo migrar y qué implica para contratos, calidad y trazabilidad.
La lona lisa de muchas estaciones —esa que alguna vez presumió independencia— tendrá que ceder su lugar a un nombre y a un manual de marca. Con la nueva versión del Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos, publicada el 3 de octubre, todas las gasolineras del país deberán vender bajo una marca comercial registrada; desaparece, en los hechos, la figura de la “bandera blanca”. La premisa oficial: mayor trazabilidad, control en la cadena y combate al contrabando y al combustible adulterado.
El artículo 137 del Reglamento establece que los permisionarios de expendio al público “deben expender productos con una marca comercial previamente registrada conforme a la normatividad que emita la Comisión y a los términos y condiciones del permiso”. En términos prácticos:
Ninguna estación podrá operar sin afiliarse a una marca (propia o de un tercero) registrada.
La imagen comercial deja de ser opcional; se convierte en condición de operación.
El tránsito a este esquema se hará vía permisos y términos que ya reconocen la marca como elemento verificable.
(Entrada en vigor a partir de la publicación en DOF del 3 de octubre de 2025).
El cambio se argumenta en la necesidad de cerrar brechas de trazabilidad: con una marca visible y registrada es más fácil auditar procedencia, calidad, logística y responsables a lo largo del suministro. La herramienta adicional en camino: marcadores químicos para verificar autenticidad de combustibles, con facultades para que la autoridad emita disposiciones que regulen su uso operativo.
Una anécdota recurrente en dueños de estaciones resume el problema: “cuando todos venden ‘gasolina’ sin apellido, el consumidor no sabe a quién exigir”. El nuevo marco obliga a poner nombre y apellido al producto que se ofrece en la bomba.
1) Estaciones de “bandera blanca”
Definir estrategia de marca: adoptar una marca existente (contrato de uso/licencia) o crear una propia (registro marcario, manual, estándares de imagen).
Actualizar el permiso y términos comerciales con su proveedor de petrolíferos para alinear especificaciones, aditivos, estándares de calidad y responsabilidades de marca.
Plan de despliegue: calendario de rotulación, uniformes, señalética, surtidores y soportes digitales.
2) Redes y marcas existentes
Homologar contratos con permisionarios para asegurar que la marca registrada coincida con lo expuesto en sitio y con los aditivos realmente utilizados.
Compliance operativo: articular evidencias de calidad (laboratorio), trazabilidad de lotes y manual de respuesta ante quejas de marca.
3) Distribuidores / comercializadores
Cláusulas de formulación y aditivación: descripción de producto por marca, especificaciones NOM y bitácora de aditivos.
Trazabilidad logística: correspondencia entre terminal–transporte–tanque con etiqueta de marca.
Ventajas
Diferenciación real por propuesta de valor (limpieza, aditivos, servicio, garantía).
Confianza del consumidor mediante estándares de marca auditables.
Detección expedita de combustibles irregulares: el eslabón responsable se identifica más rápido.
Riesgos / Costos
CAPEX de migración (imagen, surtidores, papelería, uniformes, señalética).
Litigios por uso de marca, licencias o co-branding mal instrumentado.
Sanciones si la marca en sitio no coincide con lo declarado en permiso/contratos.
Marca: elegir/adoptar y registrar (propia o licencia) con manual de uso.
Contratos: actualizar con comercializadores para especificar producto por marca (aditivos, octanaje, fichas de seguridad).
Permiso: solicitar/ajustar términos y evidencias de imagen acorde a la marca registrada.
Calidad: calendarizar muestreos de laboratorio y bitácoras de recepción por marca.
Comunicación: plan de transición con clientes y autoridades (incluida modificación de facturación y CFDI si aplica).
Auditoría interna: fotografía legal de uso marcario (contratos, licencias, vigencia, alcances territoriales).
Más claridad y responsabilidad: una marca que promete un estándar y que puede ser verificada por autoridades y consumidores. En un mercado donde la confianza se construye día a día, saber a quién exigir hace toda la diferencia.
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